La exención del IVA se aplicará a los productos de consumo básico.

El Administración de Ingresos Públicos Federales (AFIP) implementó el programa “Compra sin IVA” para la devolución del Impuesto al Valor Agregado en la compra de productos de la canasta básica. Y en su primer día de vigencia también lanzó una página web para que los potenciales beneficiarios puedan confirmar si van a recibir el reembolso.

La medida, establecida mediante Resolución General N° 5418/2023 publicada este lunes en el Boletín Oficial, beneficiará a más de 20 millones de personas. Con base en esta norma, los trabajadores que ganen salarios de hasta $708.000, los monotributistas, los jubilados y pensionados que perciban hasta seis salarios mínimos, y los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentaria o Tarjeta de Potenciación Laboral, recibirán el equivalente a 21% de tus gastos realizados con tarjeta de débito en bienes de primera necesidad.

El programa aplica a todos los alimentos y bebidas y artículos de higiene personal, con un límite mensual por persona de $18,800, que será identificado según el CUIL o CUIT. El importe será acreditado en la cuenta bancaria del contribuyente 48 horas después de realizada la operación. Cabe destacar que no será necesario realizar ningún tipo de trámite, ya que se activa automáticamente.

La AFIP lanzó un sitio web que permite saber si una persona es elegible para el beneficio Compra sin IVA. Puedes llegar buscando en Google “Comprar sin IVA – AFIP” y luego haciendo clic en “lista de beneficiarios del régimen de reembolso” oh directamente ingresando al enlace https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx

Una vez allí, deberás ingresar el CUIL/CUIT entre guiones o espacios en una de las casillas y copiar un código de seguridad en la siguiente (el código se proporciona de momento en la misma página, para copiarlo correctamente debes respetar las letras mayúsculas). y minúsculas).

Una vez hecho esto sólo queda hacer clic en “consultar”.

El sitio web de la AFIP que te permite consultar si recibirás el beneficio
El sitio web de la AFIP que te permite consultar si recibirás el beneficio

El beneficio de devolución del 21% del monto final será válido para la adquisición en establecimientos minoristas y/o mayoristas de frutas, verduras, lácteos, panificación, carnes y el resto de los productos que integran la canasta básica, tales como productos de higiene personal. Al aplicarse al billete final, no es excluyente de promociones de entidades bancarias. El esfuerzo fiscal de la iniciativa no afecta la coparticipación, ya que los recursos provienen de la partida presupuestaria asignada para tal fin por el Ministerio de Economía.

La medida beneficia a más de 2,3 millones de monotributistas “puros”, es decir, aquellos que no reciben ningún otro ingreso adicional, 440.000 trabajadores de Hogares Particulares, 7 millones de jubilados, pensionados y 2,5 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH). Por otro lado, el universo de contribuyentes alcanzado incluye 9 millones de trabajadores en relación de dependencia con salarios inferiores a $708.000, y titulares de la Tarjeta Alimentación y la Tarjeta Potenciar Trabajo.

Quedarán excluidos del programa los contribuyentes registrados ante la AFIP como trabajadores por cuenta propia o que estén obligados al pago del Impuesto sobre la Renta o sobre Bienes Personales, siempre que no surja exclusivamente de la posesión de un inmueble para vivienda única.

“Es la medida más progresista que podemos tomar en materia fiscal. El esfuerzo fiscal se hará sobre la base de la renuncia a otros gastos del Estado”, aseguró el titular de la AFIP, Carlos Castagneto.

La AFIP reglamentó el programa “Compra sin IVA” que establece un Régimen de devolución del 21% de las compras realizadas en establecimientos minoristas y mayoristas.con un límite de hasta 18,800 pesos.

El beneficio aplica para compras que se paguen con tarjetas de débito, débito en cuenta oh Transferencias inmediatas mediante códigos QRasociados con cuentas abiertas en instituciones financieras.

Asimismo, las compras con “Tarjeta de alimentación” o tarjetas emitidas a beneficiarios del programa “Mejorar el trabajo”.

Sujetos alcanzados

Serán beneficiarios del régimen de devolución los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no mutuamente excluyentes:

a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por muerte y pensiones nacionales no contributivas.

b) Beneficiarios de Asignaciones Universales por Hijo para protección social.

El monto total mensual de estos ingresos no debe exceder la suma de seis haberes mínimos garantizados.

C) Beneficiarios de subsidios por embarazo para protección social.

mi) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que los ingresos mensuales no superen la suma de seis salarios mínimos, vitales y móviles. Para estos ingresos se tomará en consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes en que se envía la información de los sujetos beneficiarios a las entidades gestoras de los sistemas de tarjetas de débito. En el caso de pluriempleo, se considerará la suma de la remuneración bruta. Para el mes en curso se considerarán las remuneraciones reportadas en el período de agosto de 2023.

F) Personal de Casa Particular.

gramo) Monotributistas, salvo que obtengan ingresos por conceptos incluidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977.

Tiendas

Los negocios minoristas y/o mayoristas deberán estar registrados ante esta Administración Federal con los códigos de actividad definidos para el Programa. Podrás verificar la actividad económica declarada por el negocio ingresando tu CUIT en la “Consulta de Registro”.

Quedarán excluidos del régimen de devolución:

a) Las personas obligadas al pago del impuesto sobre bienes muebles, siempre que dicha obligación no derive exclusivamente de la posesión de un inmueble para vivienda única.

b) Trabajadores por cuenta propia.

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