El Audiencia nacional anunció que su Juzgado Cuarto Central de Instrucción ha desestimado la denuncia interpuesta en agosto pasado por el Real Madrid contra LaLiga y su presidente, Javier Tebas, por delitos societarios, en relación con los criterios de distribución de los ingresos obtenidos por la comercialización y explotación de los derechos audiovisuales de las partes.
La quejay interpuso contra el acuerdo del órgano de Control de Derechos Audiovisuales, ratificado el 4 de agosto por la Junta de Primera División de LaLiga, que introdujo cambios en los criterios para el reparto de estos ingresos.
La Audiencia Nacional recordó que, según el Real Madrid, dichos acuerdos tenían carácter fraudulento al constituir una disposición arbitraria de los citados derechos, “dirigida específicamente a perjudicar económicamente al Real Madrid”.
Según la denuncia, esto estaría motivado por la enemistad que desde mediados de 2021, “el presidente de la Liga, Javier Tebas, viene mostrando contra este club” por su oposición al proyecto de Liga Impulso y a la iniciativa de crear la Super Liga.
La orden del juez José Luis Calama deseñala que los hechos no encajan en el Código Penal y descarta los delitos de administración desleal, apropiación indebida, corrupción en los negocios y el delito de imposición de acuerdos abusivos señalados por el club madrileño.
Señala también que el acuerdo recurrido fue adoptado por una mayoría significativa, con sólo un voto en contra, y que el hecho de que el reparto acordado no se ajuste a las expectativas legítimas de la parte reclamante “no significa que sea abusivo en el ámbito penal”. términos.”
Según lo confirmado por la A.tribunal nacional, El juez desestima la denuncia, pero añade que nuestro ordenamiento jurídico contiene un abundante corpus de normas extrapenales que regulan la vida y funcionamiento de las sociedades mercantiles y que dentro de la vía civil y administrativa existen mecanismos para controlar y reparar los posibles daños que pudieran surgir. . de conductas incorrectas y abusivas por parte de los órganos de estas empresas.
“Nos encontramos ante unas tensas relaciones entre los distintos propietarios y beneficiarios de los millonarios derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional, que en la última temporada ascendieron a 1.837.445.000 euros, que deben resolverse en el ámbito de la jurisdicción civil o contencioso-administrativa”. “, concluye el pedido.
Es posible recurso de reforma ante el mismo tribunal en el plazo de tres días y recurso de apelación en el plazo de cinco días.
El pasado 4 de julio, la Junta de Primera División de LaLiga aprobó cambios en el reparto de una parte del 25% de los ingresos procedentes de las retransmisiones televisivas, en cumplimiento de actuaciones voluntarias para mejorar el producto audiovisual y dar respuesta a las demandas de los operadores de derechos audiovisuales.
La medida se aplicará inicialmente únicamente a los clubes de LALIGA EA SPORTS y fue aprobada con 18 votos a favor, 2 abstenciones y un voto en contra, con el objetivo de mejorar el producto, alinearlo con otras competiciones deportivas de primer nivel y aumentar la valor de los derechos audiovisuales en la medida de lo posible.
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